miércoles, 18 de mayo de 2011

REGLAMENTO

• Cumplir las disposiciones contempladas en el Reglamento del Aprendiz SENA, del cual tengo conocimiento, así como las dispuestas en el Manual de Convivencia de las particularidades derivadas de situación geográfica, entorno tecnológico o cultural del Centro de Formación.
• Asistir, llegar puntualmente y participar con responsabilidad en todas las actividades presénciales o virtuales programadas para mi formación profesional.
• Participar en las actividades curriculares y complementarias o de profundización relacionadas con el programa de formación y  permanecer dentro de las instalaciones SENA cuando se requiera, ausentándome solo en los casos estrictamente necesarios, con la aprobación del Instructor – Tutor y/o del Coordinador Académico del Centro.
• Presentar siempre las mejores condiciones de aseo y pulcritud en mi imagen personal.
• Usar respetuosa y decorosamente el uniforme (en caso de tenerlo), dentro y fuera de la Institución y durante todo el tiempo de formación, en etapa lectiva y productiva.
• Utilizar la indumentaria y los elementos de protección establecidos para el ingreso al ambiente de aprendizaje respectivo.
• Proyectar decorosamente la imagen corporativa en mis actuaciones, dentro y fuera de la Entidad, asumiendo una actitud ética en cada una de mis acciones.
• Cuidar las instalaciones, equipos, muebles y todos los elementos de propiedad de la Entidad, así como asumir y compartir la responsabilidad en caso de pérdida o daño de los mismos y de los materiales de trabajo que se requieren para la formación.
•  Portar el carné de identificación institucional en sitio visible.
•Respetar la diversidad  de género, edad, etnia,  credo, ideología, procedencia y ocupación de todos los integrantes de la Comunidad Educativa, sean o no funcionarios del SENA, manteniendo un trato de respeto y cordialidad.
.• Registrar y mantener actualizados mis datos personales en los aplicativos informáticos que el SENA determine y actuar como veedor del reporte oportuno del registro de las situaciones académicas que se presenten.
•Aceptar las directrices de protocolo, comportamiento y respeto en el uso de las tecnologías de información y comunicación.
•Acatar las normas de comportamiento, manteniendo en todos los momentos y espacios institucionales un trato de respeto, sin exceder los límites de las expresiones físico-afectivas, bajo ninguna circunstancia.  
•Entregar, antes de mi certificación el comprobante de las pruebas de Estado ICFES, en el caso de haberme inscrito en un programa de Tecnólogo.

CELEBRACIONES Y SIMBOLOS SENA

logo oficial SENA

PORQUE ESTAMOS ORGULLOSOS DE PERTENECER AL SENA

himno SENA 

logo SENA

bandera SENA

NUESTRA MUY QUERIDA BANDERA
ONDEA POR SIEMPRE.

APRENDIZ SENA Y SU CONTRATO DE APRENDIZAJE

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La Ley 789 de 2002 establece que las empresas están obligadas a contratar un aprendiz por cada 15 trabajadores. La relación de aprendizaje le permitirá a la empresa desarrollar un papel coformador en el proceso formativo del aprendiz por un tiempo determinado no superior a dos (2) años. Por esto, el aprendiz recibirá un apoyo de sostenimiento mensual que será, como mínimo en la fase lectiva, el equivalente al cincuenta por ciento (50%) de un (1) salario mínimo mensual legal vigente. Durante la fase práctica, ese apoyo de sostenimiento mensual será equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de un salario mínimo mensual legal vigente.
El Decreto 1779 del 18 de mayo de 2009 permite que los empleadores no exceptuados de contratar aprendices aumenten voluntariamente el número de aprendices patrocinados con alumnos del SENA, en la siguiente proporción, siempre y cuando NO hayan reducido el número de empleados vinculados a la empresa en los tres meses anteriores a la fecha en la que se solicite la aplicación del beneficio, ni reduzcan la nomina durante la vigencia de los contratos de aprendizaje voluntarios:
  • Empresas entre 1 y 14 empleados podrán vincular desde 1 aprendiz hasta un número equivalente al 50% del total de empleados en la respectiva empresa.

  • Empresas entre 15 y 50 empleados podrán vincular un número de aprendices equivalente, máximo,  al 40% del total de empleados en la respectiva empresa.

  • Empresas entre los 51 y 200 empleados podrán vincular un número de aprendices que no supere el equivalente al 30% del total de empleados en la respectiva empresa.

  • Empresas con más de 200 empleados podrán vincular tantos aprendices como el equivalente al 20% del número total de empleados de la respectiva empresa